BECAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Os informamos que ha salido publicada la convocatoria correspondiente al curso 2022-23, de Becas para el Estudio de Programas de Segunda Oportunidad.

Se puede consultar AQUÍ toda la información de la convocatoria, en la web de la Comunidad de Madrid.

Esta Orden va dirigida a alumnos mayores de 16 y menores de 30, a fecha de finalización del plazo de solicitudes. También deberán estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario.  (PINCHA AQUÍ para inscribirte). Una vez inscrito deberás descargarte el documento que acredite la condición de beneficiario para aportarlo junto con la solicitud y el resto de documentos.

El plazo para presentar solicitudes es del 15 de septiembre al 5 de octubre.

La solicitud puede realizarse por Internet o bien en oficinas:

  1. Presencial en los lugares habilitados para ello junto con toda la documentación necesaria.
  1. Presentación por internet (ver como tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por internet, a través del registro electrónico de la Conserjería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

La solicitud deberá ser firmada siempre por el alumno y cumplimentada en su totalidad. En todo caso, también deben firmar la solicitud todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, que figuren en ella.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

1. Solicitud

2. Documentación
a. Libro de familia
b. Anexo I expedido por la Secretaria del Centro (¡¡¡IMPORTANTE!!! Puedes recogerlo con tu DNI de 10.30 a 12.30. En caso de imposibilidad puede recogerlo otra persona con el siguiente modelo, aportado fotocopia del DNI/NIE tanto de la persona autorizada como del alumn@)
c. Certificado de Inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil como beneficiario.

3. Documentación en función de las circunstancias familiares

4. La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los siguientes datos, salvo que te opongas:
a. DNI/NIE .
b. Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
c. Información renta mínima inserción
d. Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2020.

Para consultar las bases de la convocatoria puede consultar el extracto de la orden para su consulta. También puedes consultar la orden 2257/2018, de 11 de julio, de la Conserjería de Educación e Investigación, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad.

-PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

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